|
EVITE
SANCIONES POR PARTE DE LA AUTORIDAD SANITARIA
Medicamentos
Vencidos
Se
recuerda a los asociados que en el marco de las disposiciones
legales vigentes y en virtud de las exigencias de la A.N.M.A.T.,
debe tener a los medicamentos vencidos en un lugar separado
del resto de los otros medicamentos, destinado exclusivamente
a ellos. Estos medicamentos deben estar en una caja perfectamente
identificada.
SUGERENCIA:
Dado que muchos medicamentos vencidos son recibidos por los
laboratorios, es aconsejable tener dos cajas, a saber:
A)
Una caja con medicamentos vencidos que diga:
MEDICAMENTOS VENCIDOS NO COMERCIALIZABLES"
Esta se puede mandar al Colegio para enviar al horno pirolítico.
B) Otra caja con medicamentos vencidos que diga:
"MEDICAMENTOS
VENCIDOS PARA DEVOLVER A LABORATORIO"
CONVENIO
PARA DEVOLUCION DE MEDICAMENTOS VENCIDOS
La Confederación Farmacéutica Argentina,
acerca de la implementación del Convenio de Medicamentos
Vencidos, informa a las FARMACIAS que:
(1)
Hasta el 15 DE OCTUBRE DE 2000, las droguerías
deberán informarles a las farmacias la semana en
que podrán devolver los medicamentos vencidos.
(2) A partir del 01 DE NOVIEMBRE DE 2000 las farmacias
deberán utilizar únicamente el formulario
detallado en el Anexo I (remitido por duplicado, numerado,
según exigencias de la AFIP), para enviar los medicamentos
vencidos a las Droguerías. Mientras tanto, y para
dar tiempo a la confección de dicho documento,
las farmacias podrán utilizar los formularios que
actualmente usan para remitir a las droguerías
los medicamentos vencidos hasta el 01-11-2000.
(3) Los productos refrigerados se podrán devolver
una vez vencidos siempre que en el momento de realizada
la venta no se hubiera informado lo contrario, mediante
documentación escrita del Laboratorio a la Droguería
y de esta a la Farmacia.
(4) Las Droguerías recibirán de los Laboratorios
medicamentos hasta con siete (7) meses de anticipación
a la fecha de vencimiento.
(5) Las Farmacias recibirán de las Droguerías
medicamentos hasta con seis (6) meses de anticipación
a la fecha de vencimiento.
(6) Todas las partes se comprometen a trabajar para que
el Acuerdo sea adoptado por el total de la Industria y
no solo por las Distribuidoras.
|
RESIDUOS
PATOLÓGICOS
Se
recuerda, que conforme a las disposiciones municipales
vigente sobre residuos patológicos y en función
del acuerdo alcanzado entre la Municipalidad de Santa
Rosa y el Colegio Farmacéutico, las farmacias
deberán llevar a la sede del Colegio Farmacéutico
los medicamentos, especialidades medicinales, drogas
y formulas magistrales vencidas. Residuos que posteriormente
recolectará el servicio municipal.
Este acuerdo tiene un alcance extensivo para aquellas
farmacias que se encuentren radicadas en el interior
de la Provincia y que no cuenten en sus localidades
con horno pirolítico.
TAMBIÉN SE RECUERDA QUE CUANDO SE TENGA
QUE MANDAR COMO RESIDUO UN PSICOFÁRMACO O UN
ESTUPEFACIENTE, PREVIAMENTE DEBE DARSE DE BAJA DE LOS
REGISTRO DE LA FARMACIA CON LA DEBIDA INTERVENCIÓN
DEL DEPARTAMENTO DE FARMACIA DE LA SUBSECRETARÍA
DE SALUD.
|
|